PRESENTACIÓN NOTICIAS CENSO ENFERMEROS/AS DEL TRABAJO AGENDA DOCUMENTOS ENLACES DE INTERÉS BIBLIOTECA --------------------------------------------------------------- PRESENTACIÓN La responsable de esta comisión es Asunción Andía,
vocal de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Enfermería
de Zaragoza, la cual está a disposición de todos los enfermeros
de esta especialidad, previa petición de día y hora en el
Colegio. Con la entrada en vigor del R.D. 450/2005 sobre especialidades de Enfermería,
se establece un sistema de especialización cuyo desarrollo ha de
producirse dentro del modelo del Espacio Europeo de Educación Superior
surgido de la Declaración de Bolonia, y cuyo nuevo catálogo
de especialidades ha de responder al objetivo de proporcionar una mejor
atención sanitaria a los ciudadanos, sin que ello suponga obviar
las aspiraciones de desarrollo profesional y de libre movilidad en el
Sistema Nacional de Salud, tanto los enfermeros especialistas como los
enfermeros responsables de la prestación de cuidados generales,
ni las competencias de las comunidades autónomas para la organización
y gestión de sus Servicios de Salud.
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- R.D.
1299/2006 - REAL DECRETO 1299/2006, de 10 de Noviembre, por el que se aprueba
el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social
y se establecen criterios para su notificación y registro - ACCESO EXCEPCIONAL AL TITULO DE ESPECIALISTA
Se aplica la disposición transitoria segunda que tiene en cuenta
los años de ejercicio y la formación complementaria. 1. Haber ejercido las actividades propias de la especialidad durante un periodo mínimo de 4 años. 2. Haber ejercido como enfermero las actividades de la especialidad durante un periodo mínimo de 2 años, siempre que, además se acredite la adquisición de una formación continuada que en el caso de los aspirantes al título de Enfermero Especialista en Enfermería del Trabajo, se entenderá cumplido el período de formación complementaria cuando el interesado se encuentre en posesión del Diploma de Enfermería del Trabajo o del Diploma de ATS/DUE de Empresa y no pueda acceder al título de Enfermero Especialista de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria tercera. 3. Haber ejercido durante al menos 3 años como
profesor de escuelas universitarias de Enfermería y adscritas,
en áreas de conocimiento relacionadas con la especialidad, siempre
que además se acredite al menos un año de actividad asistencial
en actividades propias de la especialidad.
* Recordad que a partir de la entrada en vigor de este real decreto, no se convocarán más cursos para la formación de enfermeros de empresa, sin que ello suponga modificación alguna del ámbito funcional para el que están actualmente habilitados los Diplomados Universitarios en Enfermería y los Ayudantes Técnico-Sanitarios que tengan el diploma correspondiente. - MODELO
GENERAL DE SOLICITUD PARA EL ACCESO AL TÍTULO DE ESPECIALISTA EN
ENFERMERÍA
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| CENSO ENFERMEROS/AS DEL
TRABAJO
Podéis llamar al Colegio para aportar vuestros datos ( Nombre,
Lugar de trabajo, dirección, teléfono, e-mail) para crear
un censo de los Enfermeros del Trabajo/Empresa de Zaragoza y así
realizar una mejor gestión a la hora de informar de algún
tema puntual. |
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| AGENDA
XVII Congreso de la Sociedad Española de Salud Laboral en la Administración Pública. Girona, 1,2 y 3 de Octubre de 2008. |
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• Ley de Prevención de Riesgos Laborales--- www.mtas.es/insht/legislation/L/lprl.htm |
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| ENLACES
DE INTERÉS |
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En el colegio podéis acceder a las siguientes revistas: • Prevención, Trabajo y Salud--- Revista del Instituto Nacional
De Seguridad e Higiene en el Trabajo. También podéis obtener información en las siguientes revistas: • Medicina y Seguridad del trabajo--- Revista de la Sociedad Española
de Medicina y Seguridad del Trabajo--- www.semst.org
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