El futuro de la gestión y protección de las historias clínicas, a debate

De la mano de la Comisión Deontológica del Colegio de Enfermería y la colaboración de PSN SERCON, la sede colegial ha celebrado este martes una Jornada cuyo tema central ha sido la confidencialidad y el acceso al historial clínico. El inminente cambio legislativo y la necesidad de educar en la cultura de la importancia del secreto profesional fueron dos de los ejes que más debate generaron.

La Legislación española referente a Protección de Datos, (La Ley Orgánica de Protección de Datos de 1997) tiene sus días contados. El nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), realizado por la Unión Europea, entró en vigor en mayo de 2016 y será aplicable a partir de mayo de 2018 en nuestro país.

Sobre las novedades que va a traer este Reglamento y sobre cómo se encuentra en estos momentos la legislación se habló este martes en la sede colegial. Las representantes de la Comisión Deontológica, Paquita Palmero y Cristina Sarasa, junto a Salvador Serrano, responsable del Área de Protección de Datos PSN SERCON y Juan Carlos Campo, letrado de la Institución, hablaron y compartieron con el público el actual panorama de la gestión de datos en el ámbito sanitario. Y en especial, lo que gira en torno al documento base de los usuarios: la Historia Clínica.

En su intervención, Cristina Sarasa, desde la óptica de la profesional que desempeña su trabajo en un servicio público de salud puso como ejemplos las circunstancias y problemas a los que se enfrentan a diario los profesionales. Además, recordó como cuestiones como el acceso a las historias clínicas, y, en casos concretos, a las anotaciones subjetivas realizadas por otros facultativos están prohibidas si no están debidamente justificadas.

Un asunto, el de la “proporcionalidad” y “justificación de acceso” que estuvo muy presente de la mano de Salvador Serrano quien manifestó que el nuevo Reglamento va a establecer la necesidad de una base legal clara sobre la que se desarrolla el tratamiento a los datos y especificar y documentar los intereses legítimos en que se fundamentan las operaciones de acceso y tratamiento. Todo ello bajo el principio, también resaltado por el responsable de PSN SERCON de “legitimidad”.

Además, otras de las novedades que traerá la nueva legislación es que el consentimiento tácito por omisión, existente en la actual legislación española desaparece. El nuevo modelo “establece que el consentimiento debe ser inequívoco a través de una manifestación del interesado o mediante una clara acción afirmativa”, indicó Salvador.

Formación frente a coacción

Otro de los ejes que suscitó un gran interés entre los asistentes una vez finalizadas las ponencias fue conocer la situación actual, en el plano judicial. Esto se produjo de boca de Juan Carlos Campo quien relató dos sentencias acaecidas en 2015 y 2016 en las Islas Baleares donde dos facultativos fueron condenados por acceder a historias clínicas sin permiso del usuario. Estos casos, juzgados por la vía penal, sirvieron como ejemplo para mostrar cómo el Código Penal, en la figura de su artículo 197, puede perseguir y condenar malas praxis y, en casos extremos, delitos relacionados con los datos privados.

Sobre este punto se abrió el debate sobre el poco celo existente, a juicio de algunas de las personas participantes, por parte de muchos profesionales atenerse al secreto profesional en determinados contextos. Se puso como ejemplo que determinadas cuestiones de índole estrictamente médica, y, por tanto, excluidas a personal no sanitario se hablen o se traten delante de éstos, o que se revele información de naturaleza confidencial por el mero hecho de ser también profesionales, aunque sin ningún tipo de relación con el paciente/usuario.

En esta situación, Salvador Serrano abogó por la “formación frente a la coacción” y enfatizó la necesidad de “educar en la cultura de la confidencialidad”, no sólo a enfermeras y médicas, sino a todo el personal que trabaja en un centro hospitalario o centro de salud. Una formación que, en opinión de los asistentes, es “insuficiente” o se carece de ella.