Corrección en la Resolución de 25 de marzo de 2015 correspondiente al procedimiento ordinario de acceso y cambio de nivel de la carrera profesional

RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, que corrige el error advertido en el texto de la Resolución de 25 de marzo de 2015, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, relativa al procedimiento ordinario de acceso y cambio de nivel de carrera profesional de licenciados y diplomados sanitarios en el ámbito del Servicio Aragonés de Salud, como consecuencia del Acuerdo entre el Servicio Aragonés de Salud y las Organizaciones Sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad en materia de carrera profesional de 30 de septiembre de 2014.

El apartado 5.1.3 del anexo I del Acuerdo de 13 de noviembre de 2007, entre el Servicio Aragonés de Salud y las Organizaciones Sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad en materia de carrera profesional, dispone: “Durante el segundo y el último trimestre del año, se podrán presentar las solicitudes de cambio de nivel, computándose los requisitos y méritos definidos hasta el último día anterior a la finalización del plazo de presentación estipulado”.


Efectuada la publicación de la mencionada Resolución de 25 de marzo de 2015, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 62, de 31 de marzo de 2015, se ha detectado un error material en el texto que es necesario rectificar conforme a lo previsto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, en los siguientes términos:

  • En el último párrafo del apartado Tercero de la resolución.
    Donde dice: “Las solicitudes se presentarán durante el segundo o cuarto trimestre de cada año, computándose los requisitos y méritos definidos hasta el último día de la finalización del plazo de presentación establecido”.

Debe decir: “Las solicitudes se presentarán durante el segundo o cuarto trimestre de cada año, computándose los requisitos y méritos definidos hasta el último día anterior a la finalización del plazo de presentación establecido”.

  • En el quinto párrafo del apartado Cuarto de la resolución. Donde dice: “Con carácter general, según lo previsto en el apartado 10 del anexo I del Acuerdo en materia de carrera profesional, los méritos a valorar en el ascenso a cada nivel serán aquellos obtenidos en el espacio de tiempo entre la consecución del nivel anterior y el último día del plazo de presentación de solicitudes al que se opte, (…)”.

Debe decir: Con carácter general, según lo previsto en el apartado 10 del anexo I del Acuerdo en materia de carrera profesional, los méritos a valorar en el ascenso a cada nivel serán aquellos obtenidos en el espacio de tiempo entre la consecución del nivel anterior y el último día anterior del plazo de presentación de solicitudes al que se opte, (…)”.

  • En el tercer párrafo del apartado Quinto de la resolución. Donde dice: “Las Comisiones Evaluadoras de los Centros, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigibles a los solicitantes, procederá a valorar los méritos de los profesionales que pretendan acceder a los diferentes niveles a partir de la autoevaluación presentada y en base a la documentación que, en tiempo y forma, fuera aportada por el solicitante, computándose los mismos hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes, (…)”.

Debe decir: “Las Comisiones Evaluadoras de los Centros, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigibles a los solicitantes, procederá a valorar los méritos de los profesionales que pretendan acceder a los diferentes niveles a partir de la autoevaluación presentada y en base a la documentación que, en tiempo y forma, fuera aportada por el solicitante, computándose los mismos hasta el último día anterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, (…)”.


Esta resolución se publicará en el “Boletín Oficial de Aragón”.