Convocatoria OPE de Enfermería civil en la Red Hospitalaria de la Defensa

El Boletín Oficial del Estado publica la Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Enfermero en la Red Hospitalaria de la Defensa. Se convoca proceso selectivo para cubrir 51 plazas de Enfermero/a, por el sistema general de acceso libre.

En total, se convocan proceso selectivo para cubrir 51 plazas de Enfermero/a, por el sistema general de acceso libre (50 en Madrid y 1 en Zaragoza).

Acceder a la Resolución

Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud 790, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web administracion.gob.es o de los registros electrónicos para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en procesos selectivos.

El plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes de participación deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», excluyéndose del cómputo los sábados, domingos y los declarados festivos.

Inscripción electrónica:

La presentación de la solicitud por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General en la siguiente URL (http://administración.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación por esta vía permitirá:

La inscripción en línea del modelo 790.
Anexar documentos a su solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.

Una vez completados los datos solicitados, pulsando sobre el botón «Inscribirse», se mostrará una pantalla de progreso donde se da confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completo.

El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos («BOE» de 2 de abril). La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.

En el caso de que no se haya dado la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en la plataforma de intermediación, deberá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica, la documentación justificativa relacionada con el apartado 7.5, donde se indican las exenciones al pago de la tasa por derechos de examen.

Inscripción en papel:

Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://administración.gob.es/PAG/ips.

Una vez cumplimentados en la citada página todos los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre el botón «Generar solicitud».

De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias que deberán ser firmadas por el interesado («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).

Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias). Para efectuar el pago de esta tasa, se presentará el original de la solicitud impresa cumplimentado en la forma descrita en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica, o en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en el Registro General del Ministerio de Defensa o en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, y se dirigirán a la Subsecretaría de Defensa (Subdirección General de Personal Civil).