El Supremo ha declarado exentas del IRPF las prestaciones por maternidad. Para facilitar la solicitud de devolución se ha elaborado un documento para presentar a la Agencia Tributaria. La solicitud de devolución sobre puede realizarse sobre los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017.
Para facilitar la solicitud de devolución se ha elaborado desde la Asesoría Fiscal del Colegio un documento para presentar a la Unidad de Gestión de la Agencia Tributaria. La solicitud de devolución sobre puede realizarse sobre los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017.
Procedimiento
Presentar un escrito de solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos que se adjunta. Se deben rellenar todos los datos de las zonas de puntos…
Es posible que el niño/a naciera en el último trimestre del año y que la rectificación afecte a dos ejercicios, por lo que en la solicitud se deberá mencionar y solicitar la devolución de ambos.
La sentencia no se extiende a la paternidad, pero el padre puede presentar el mismo modelo para ver qué contesta Hacienda.
Junto con el escrito hay que aportar los siguientes documentos:
- La declaración de la Renta del año que se solicita devolución y el documento de pago a hacienda por esa liquidación (si hubiese salido la declaración a pagar).
- La Resolución del INSS donde se reconoce la prestación por maternidad (no imprescindible , pero si aconsejable).
- El certificado emitido por el INSS correspondiente a ese año, en el que se detallan las cantidades retenidas por IRPF por dicho concepto ( este certificado lo envía el INSS para poder hacer la declaración de la renta del año correspondiente).
Plazo
El plazo de retroactividad es de 4 años. La Administración tiene un plazo de seis meses para resolver la solicitud. El primer ejercicio quee expira es el de 2014, por tanto, se recomienda a las personas que deseen solicitar esta devolución deberán hacerlo antes de junio 2019.



