OPE Estabilización Enfermería. Llamamiento para cubrir plazas que no han sido cubiertas

Habiendo quedado nueve plazas sin cubrir por uno de los motivos previstos en la convo­catoria, de conformidad con lo establecido en la base 6.1.13.4 de la Resolución de 2 de di­ciembre de 2022, publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 244, de 20 de diciembre de 2022, por la que se convoca proceso selectivo de estabilización de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Enfermero/a.

Ver resolución y anexos

Se convocar a dichos aspirantes para la oferta y adjudicación al acto centralizado de asignación de destinos, quienes tendrán prioridad para la elección respecto de los aspi­rantes aprobados por el sistema de concurso-oposición y que se efectuará, en llamamiento único a las 9:00 horas del próximo 14 de noviembre de 2024, en el salón Avempace, sito en la planta baja de los Servicios Centrales del Servicio Aragonés de Salud, plaza de la Convi­vencia, número 2, 50017 de Zaragoza.

Documentación a presentar:

Los aspirantes deberán presentar en el plazo de 20 días naturales la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI o pasaporte.
  • Original y copia simple del título exigido para su participación en estas pruebas selec­tivas.
  • Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio mediante expe­diente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • La capacidad funcional se acreditará mediante certificación expedida por personal fa­cultativo del Sistema Nacional de Salud,  bien con una declaración responsable.
  • La capacidad funcional de los aspirantes presentados a través del cupo de discapacidad se acreditará mediante certificación actualizada expedida por el órgano que expidió el certificado acreditativo de tal circunstancia.
  • Declaración responsable de no poseer la condición de personal estatutario fijo en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría a la que se accede o equivalente.
  • Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, que acredite el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito
    contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995,
    de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal.