Nueva sentencia favorable a una colegiada sobre la carrera profesional

El Juzgado Contencioso – Administrativo nº1 de Zaragoza reconoce a una colegiada su derecho de ser evaluada para obtener su reconocimiento de la carrera profesional. Con esta sentencia, son ya cinco los recursos ganados por los servicios jurídicos al Colegio a la Orden de 28 de abril de 2014 del Salud.

La sentencia favorable es producto de la demanda interpuesta por una colegiada en 2014 frente a la desestimación por silencio efectuada por el Servicio Aragonés de Salud a la solicitud efectuada de acceso al nivel II de la carrera profesional.

El Fallo del juez reconoce el derecho de la actora a ser evaluada de los niveles del complemento de carrera a los efectos de obtener su reconocimiento, si procede, en función de la antigüedad que, como personal fijo o temporal, ostentara al tiempo de presentar la solicitud. Por tanto, la desestimación llevada a cabo por la Administración se ha anulado con esta sentencia.

En el auto, el juez de lo Contencioso-Administrativo ha indicado que sobre la carrera profesional ya se han dictado varias sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (litigios emprendidos por la Organización colegial). Sobre uno de éstos, la sentencia de 9 de marzo de 2016, el magistrado recuerda en el escrito que “el artículo tercero del Anexo I de la Orden de 5 de diciembre de 2007 entre Salud y Sindicatos señala que “podrán participar en este proceso de evaluación y retribución los empleados fijos que contarán con cinco años, al menos, de ejercicio profesional en la categoría, con carácter fijo o temporal”.

Tal y como indica en el auto, “la literalidad de esta prescripción obliga a que las personas que hayan adquirido la condición de fijo y tengan al menos, cinco años de antigüedad (como profesional fijo o temporal) puedan participar en el proceso de evaluación. De ahí que el juez concluya que la colegiada “puede acogerse una estimación del recurso” en el sentido de reconocer a la actora el derecho a ser evaluada de los niveles que le correspondan en función de su antigüedad.

Esta sentencia puede ser recurrida ahora por el Salud. Ahora bien, en las anteriores sentencias ganadas por el Colegio y que posteriormente fueron recurridas por la Administración, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón volvió a dar la razón a la Enfermería zaragozana. Por tanto, desde la Organización colegial se invita a las autoridades competentes a que tomen las medidas oportunas que lleven a la desjudicialización de este asunto.

Esta nueva sentencia, se suma a las anteriores demandas ganadas por los servicios jurídicos del Colegio en esta materia. En total, son ya cinco los procesos judiciales ganados por las colegiadas. Además, el litigio legal con el Salud acerca de la carrera profesional continúa abierto en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, ya que el Colegio recurrió las instrucciones emitidas desde el Servicio Aragonés de Salud en la Resolución del 25 de febrero de 2015.