Modificación de los nuevos Baremos del Servicio Aragonés de Salud

RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se resuelve la modificación de los anexos I y II del Pacto de la Mesa Sectorial de Sanidad en materia de unificación de baremos en los procesos de seleccción y provisión de plazas de personal estatutario de los centros sanitarios del Servicio Aragonés de Salud.

La primera novedad que trae la modificación del Baremo es que se modifica el punto: “para MAC, EAC, personal de refuerzo en Equipos de Atención primaria y personal equivalente en hospitales, 140 horas de trabajo equivaldrán a un mes (antes eran 144 horas), salvo que normativamente o fruto de la negociación colectiva se establezca otra equivalencia”.

El apartado Movilidad existente en la tabla de Baremos se ha renombrado y ahora se denomina “Traslados y Movilidad Interna”.

1.EXPERIENCIA PROFESIONAL.

Apartado 1.1.1.0.0.

Se ha añadido el párrafo “se incluyen también los servicios prestados en cualquiera de los departamentos u organismos del Gobierno de Aragón”.

Apartado 1.1.3.1

Se añade el párrafo: “La valoración de este apartado se aplica únicamente para las convocatorias de la categoría desde la que se acceder a esos puestos de libre designación”.

2.FORMACIÓN.

Apartado 2.2.- Se elimina el máximo de 10 puntos en la categoría Máster y Doctorado.

3.ACTIVIDADES CIENTÍFICAS, DOCENTES Y DE INVESTIGACIÓN, OTRAS ACTIVIDADES

Se crea el apartado 3.2.1.3.0.0. “Profesor de estudiantes de FP en centros educativos”.

Apartado 3.3.3.0.0.0. Se renombra, ahora es “Ponente en sesiones clínicas acreditadas por la Comisión de Formación Continuada”.

Apartado 3.4.5. Se amplía el punto a Dirección de Tesis Doctorales y máster y Diplomado de Sanidad

Se crea el apartado 3.4.5.2.0.0. “Por cada dirección de Máster, Trabajo fin de Máster y dirección de Diplomado en Sanidad”.